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Declaración de ruina

Declaración de ruina

La ruina de un edificio puede declararse, tras seguir en procedimiento establecido, si se da alguno de los siguientes SUPUESTOS:

  • Cuando el coste de las obras necesarias para reponer las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad del edificio exceden del DEBER LEGAL DE CONSERVACIÓN.
  • Cuando no se puedan autorizar las obras de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad por encontrarse el inmueble fuera de ordenación.
  • Cuando el estado ruinoso solo afecte a determinadas partes del edificio, siempre que el resto tenga suficiente autonomía estructural y funcional, puede declararse la RUINA PARCIAL.

La RESOLUCIÓN que ponga fin al procedimiento puede:

  • Denegar la declaración del estado ruinoso y ordenar la ejecución de las obras de rehabilitación necesarias
  • Declarar la ruina del edificio y ordenar su demolición.
  • Declarar la ruina del edificio y ordenar la ejecución de las actuaciones de conservación en elementos protegidos y demolición del resto de elementos, en edificios con protección estructural o ambiental.
  • Declarar la ruina del edificio y ordenar su rehabilitación hasta el debe legal de conservación, en el caso de monumentos o inmuebles catalogados con protección integral.

NOTA: El deber legal de conservación se define como la mitad del coste de reposición del edificio a nuevo

Unidad responsable
Servicio de Licencias. Sección de Obras.
¿Quién lo puede solicitar?

Insteresado o su representante
NOTA: Persona interesada es cualquiera que alegue daños o peligro de daños propios derivados del estado actual de un inmueble.

¿Dónde se puede solicitar?

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos  o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación electrónica:

  1. Declaración de ruina
¿Cómo se realiza?

El interesado debe contactar con un técnico para que CERTIFIQUE EL ESTADO DE RUINA EL INMUEBLE
El técnico certificará la RUINA del edificio para lo cual debe incluir en el certificado: 

  • Describir el estado físico del inmueble
  • Justificar la causa de declaración de ruina invocada
  • Calcular el coste de reposición
  • Describir y valorar las obras necesarias para mantener o reponer las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad y justificar que excede de la mitad del coste de reposición
  • Informar si el inmueble reúne condiciones de seguridad, salubridad y habitabilidad suficientes para la permanencia de sus ocupantes, hasta que se adopte la resolución que proceda.
Documentación

DOCUMENTACIÓN GENERAL:

  • Solicitud de declaración de ruina
  • Documento de identidad del interesado
  • Acreditación de la titularidad
  • Relación de ocupantes del inmueble, cualquiera que sea el título de posesión
  • Relación de los titulares de derechos reales sobre el  inmueble, si los hubiera

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA:

  • Certificado RUINA suscrito por técnico competente

DOCUMENTACIÓN CUANDO EXISTE REPRESENTANTE:

  • Autorización de la representación
  • Documento de identidad del representante
Plazos de solicitud

En cualquier momento

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