La ruina de un edificio puede declararse, tras seguir en procedimiento establecido, si se da alguno de los siguientes SUPUESTOS:
- Cuando el coste de las obras necesarias para reponer las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad del edificio exceden del DEBER LEGAL DE CONSERVACIÓN.
- Cuando no se puedan autorizar las obras de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad por encontrarse el inmueble fuera de ordenación.
- Cuando el estado ruinoso solo afecte a determinadas partes del edificio, siempre que el resto tenga suficiente autonomía estructural y funcional, puede declararse la RUINA PARCIAL.
La RESOLUCIÓN que ponga fin al procedimiento puede:
- Denegar la declaración del estado ruinoso y ordenar la ejecución de las obras de rehabilitación necesarias
- Declarar la ruina del edificio y ordenar su demolición.
- Declarar la ruina del edificio y ordenar la ejecución de las actuaciones de conservación en elementos protegidos y demolición del resto de elementos, en edificios con protección estructural o ambiental.
- Declarar la ruina del edificio y ordenar su rehabilitación hasta el debe legal de conservación, en el caso de monumentos o inmuebles catalogados con protección integral.
NOTA: El deber legal de conservación se define como la mitad del coste de reposición del edificio a nuevo
Insteresado o su representante
NOTA: Persona interesada es cualquiera que alegue daños o peligro de daños propios derivados del estado actual de un inmueble.
En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Burgos, en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación electrónica:
El interesado debe contactar con un técnico para que CERTIFIQUE EL ESTADO DE RUINA EL INMUEBLE
El técnico certificará la RUINA del edificio para lo cual debe incluir en el certificado:
- Describir el estado físico del inmueble
- Justificar la causa de declaración de ruina invocada
- Calcular el coste de reposición
- Describir y valorar las obras necesarias para mantener o reponer las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad y justificar que excede de la mitad del coste de reposición
- Informar si el inmueble reúne condiciones de seguridad, salubridad y habitabilidad suficientes para la permanencia de sus ocupantes, hasta que se adopte la resolución que proceda.
DOCUMENTACIÓN GENERAL:
- Solicitud de declaración de ruina
- Documento de identidad del interesado
- Acreditación de la titularidad
- Relación de ocupantes del inmueble, cualquiera que sea el título de posesión
- Relación de los titulares de derechos reales sobre el inmueble, si los hubiera
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA:
- Certificado RUINA suscrito por técnico competente
DOCUMENTACIÓN CUANDO EXISTE REPRESENTANTE:
- Autorización de la representación
- Documento de identidad del representante
En cualquier momento
TRÁMITES RELACIONADOS:
Licencia urbanística de obras de nueva planta, ampliación o demolición
Licencia urbanística de obras de modificación, reforma o rehabilitación de carácter total
Declaración responsable de modificación, reforma o rehabilitación de carácter parcial
Denuncia inmueble en mal estado de conservación