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Licencia urbanística de segregación de terrenos

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Tablón de anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda.

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A través de este procedimiento se gestiona el otorgamiento de la licencia urbanística de las segregaciones, parcelaciones de terrenos, a fin de verificar su conformidad con la normativa urbanística.

unité responsable
Servicio de Licencias. Sección de Obras.
Qui peut en faire la demande ?

El interesado o su representante

Où pouvez-vous postuler ?

En la Sede Electrónica y Presencialmente en el Registro del Ayuntamiento de Burgos o en cualquiera de los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Información sobre el procedimiento de acceso a la tramitación electrónica:

Licencia urbanística de segregación de terrenos (trámite de urbanismo) 

Documentation
Documentación requerida
  • Acreditación de la Identidad
  • Según el Art. 25 PGOU La parcelación, segregación o división material de terrenos, requerirá la redacción de un Proyecto de Parcelación, salvo que ya estuviese contenido en un Proyecto de Actuación, su contenido será el siguiente:

1) Memoria de Información y justificativa de la finalidad de la parcelación.

Contendrá la descripción literal de la finca matriz por sus cuatro vientos, con descripción de construcciones cercas, pozos, cargas, servidumbres, etc., si los hubiere; descripción literal de las fincas resultantes por sus cuatro vientos, con expresa justificación urbanística en base al ordenamiento legal vigente.
2) Documentación acreditativa de la titularidad de los terrenos. (Certificación del Registro).
3) Certificación Catastral.
4) Plano de situación en relación al término municipal, a escala 1/5.000 o más detallada, sobre cartografía actual.
5) Plano de la ordenación urbanística vigente, con referencia a la finca matriz.
6) Plano parcelario actualizado con referencia a la finca matriz.
7) Planos a escala 1/500 de la finca matriz y de la finca segregada o de las fincas resultantes de la parcelación en suelo urbano.
8) En suelo rústico, la finca matriz vendrá definida al menos a escala 1/5.000 o más detallada, y la finca o parcelas segregadas a escala 1/1.000 al menos.
9) En suelo urbano o urbanizable, la finca matriz se definirá a escala 1/1.000 o más detallada y las parcelas resultantes a escala no menor a 1/500.
10) Cuando la parcelación conlleve el reparto de aprovechamientos edificatorios o de uso, se incorporarán a la documentación las cédulas urbanísticas de las parcelas resultantes, con su superficie, uso y aprovechamiento.
Documentación de representación
 
  • Acreditación de la representación
  • Documento de identidad de la representación
Dates limites d'inscription

En cualquier momento.

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Plazo de resolución: 2 meses
Efecto del silencio Administrativo: Desestimatorio
Recursos:
  • Recurso de Reposición
  • Recurso Contencioso - Administrativo
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Retour PROYECTO DE TERMINACIÓN, POR EJECUCIÓN SUBSIDIARIA DE OBRAS DE URBANIZACIÓN PENDIENTES EN A.T. 8 B "COPRASA"

PROYECTO DE TERMINACIÓN, POR EJECUCIÓN SUBSIDIARIA DE OBRAS DE URBANIZACIÓN PENDIENTES EN A.T. 8 B "COPRASA"

Proyecto de terminación, por ejecución subsidiaria, de las obras de urbanización pendientes en el A.T. 8 B "COPRASA" relativas a la parcela "J.A. 8,13/1" destinada a jardín de uso y dominio público.

Con fecha 15 de mayo de 2025, la Junta de Gobierno Local acuerda aprobar el Proyecto de terminación, por ejecución subsidiaria, de las obras de urbanización pendientes en el A.T. 8 B "COPRASA" relativas a la parcela "J.A. 8,13/1" destinada a jardín de uso y dominio público redactado por MBG Ingeniería y Arquitectura S.L. y presentado en el Ayuntamiento el día 25 de abril de 2025 al número de registro 2025033220.

El ámbito que contempla el presente proyecto se localiza en la parcela “JA.8.13/1” del Área de Transformación 8.13 “COPRASA”, situada entre las calles Hermanas Mirabal y José María Codón. La superficie aproximada de actuación es de 2.550 m2.

El objeto del presente proyecto, es la urbanización del sistema local de espacios libres públicos, uso dotacional, grado jardín, con código ELINN6 del Plan General de Ordenación Urbana de Burgos, creando espacios ajardinados, zonas estanciales, una zona de juegos infantiles, y la ejecución de red de alumbrado público y red de riego por ejecución subsidiaria, de las obras de urbanización pendientes en el A.T. 8 B "COPRASA" relativas a la parcela "J.A. 8,13/1" destinada a jardín de uso y dominio público, y todo ello conforme a lo establecido en el artículo 95 de la Ley 5/1999, de Urbanismo de Castilla y León.

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